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Ley 179-09 y Norma 06-2009

RESUMEN DE LA LEY 179-09 Y NORMA 6-09 (SOBRE DEDUCCION DE LOS GASTOS EDUCATIVOS EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS PERSONAS FISICAS)

Esta nueva ley permitirá a los asalariados y profesionales independientes, acogerse a esta ley con el objetivo de poder deducir del impuesto sobre la renta los gastos incurridos por concepto de su educación propia y sus dependientes directos no asalariado, esto en adición a la exención contributiva establecido en el artículo 296 del código tributario.

De igual forma podrán acogerse las personas físicas (profesionales liberales) acogidos a régimen del PST de ingresos.