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TRABAJADORES AFILIADOS AL SFS RECIBIRAN SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMUN





Los trabajadores afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo contarán con el subsidio por enfermedad establecido en la Ley 87-01, así lo dejó establecido el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), a través la resolución No. 214-01, que aprueba el Reglamento sobre el Subsidio por Enfermedad Común del Régimen Contributivo.

Según la normativa el trabajador tendrá derecho a recibir el subsidio por enfermedad cuando sufra una enfermedad común, accidente no laboral a partir del cuarto día de la incapacidad y hasta un límite de veintiséis semanas, siempre y cuando haya cotizado durante los últimos doce meses anteriores a la discapacidad.

El reglamento especifica que la fuente del financiamiento para cubrir el subsidio corresponde a la partida dentro del Seguro Familiar de Salud (SFS) destinada para los subsidios. Para determinar los montos a pagar por concepto del subsidio, se tomará en cuenta si el beneficiario recibe asistencia ambulatoria y hospitalaria. Este subsidio le dará derecho al trabajador a percibir desde un 40% a un 60% de su salario cotizable.

El trabajador beneficiario tendrá los siguientes deberes: Informar al empleador de su condición de salud por cualquier medio, someterse cuando la Administradora del Subsidio lo requiera a las normas y procedimientos de evaluación para el otorgamiento del Subsidio, colaborar con la transparencia del proceso y declarar cualquier novedad sobre su condición de salud.
http://www.cnss.gob.do/LinkClick.aspx?fileticket=uSDkghXbAbc%3d&tabid=86&mid=561